Funcionalidad

Residentes

Información residentes

Los residentes de Alcázar de San Juan que vivan dentro del perímetro de zona azul y calles adyacentes y que no tengan aparcamiento pueden adquirir la tarjeta de forma gratuita. 

La entrega de documentación se efectuará en Registro General del Ayuntamiento y las tarjetas de Residentes se entregarán en nuestras oficinas de C/ Levante, 7 – Oficina 9, en horario de 9:30 a 11:30 horas una vez que hayan sido revisadas y aceptadas.

Artículo 8º.- Residentes.

1.- En esta Ordenanza se relacionarán las zonas de la vía pública reservada al estacionamiento de los/as residentes.

2.- Esta zona no está sujeta a limitación horaria y será delimitada con marca vial de color naranja y señal vertical reglamentaria.

3.- Podrán obtener para sus vehículos la acreditación de residente, las personas que lo soliciten y tengan su domicilio en el municipio dentro del área de aplicación de este capítulo, según el padrón municipal de habitantes.

4.-Presentación en el Registro General del Ayuntamiento de la siguiente documentación compulsada:

  • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo o certificado de propiedad.
  • Fotocopia del último recibo del Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica. El vehículo del/la beneficiario/a habrá de estar incluido en el Padrón Municipal. Se equiparan a los derechos de residente los de aquellas personas cuyo vehículo, aun habiendo abonado el último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, se haya dado de alta durante el ejercicio en curso en este término municipal. A partir de la misma podrán solicitar la tarjeta de residente.
  • Fotocopia del D.N.I.
  • Certificado de Empadronamiento expedido por el Servicio Municipal de Estadística.
  • Certificado por la que acredite que no existe en contra del/la solicitante, sanción firme en vía administrativa por infracción pendiente de pago al Ayuntamiento de Alcázar de San Juan.
  • Una vez estimada se retirará la tarjeta en las oficinas de la Policía Municipal en el plazo máximo de un mes.

5.- El plazo de presentación con carácter general, se habilita tanto para nuevas peticiones como en los casos de renovación del 1 al 31 de enero. Con carácter especial para nuevos vehículos y cambios de domicilio se habilitarán los días 1 al 5 de cada mes. A la entrada en vigor de ésta Ordenanza se abrirá un plazo para la petición de la tarjeta de residente durante el mes siguiente al de su aprobación definitiva.

6.- Las tarjetas que no hayan sido retiradas a 30 de Noviembre del año en que se solicitarán, serán dadas de baja automáticamente.

7.- Los vehículos cuyo/a propietario/a tenga la acreditación de residente, deberá llevar en lugar visible del vehículo -parte delantera- la tarjeta correspondiente al bienio en curso que los acredite como tal, debiendo estacionar en las calles asignadas a su zona.

8.- Se concederá una sola tarjeta por residente.

9.- El/la titular de la tarjeta es el responsable de la utilización de la misma. En caso de pérdida o deterioro podrá obtener una nueva, previa declaración responsable. En caso de variación de las condiciones de la solicitud, el/la titular de la tarjeta deberá canjearla por otra actualizada, debiendo hacer entrega de la antigua. En caso de deterioro de la misma, podrá obtenerse una nueva tarjeta previa justificación y pago de la tasa de expedición correspondiente. ORDENANZAS FISCALES AÑO 2018 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN

10.- Si de las comprobaciones practicadas resultara que el/la titular ha venido realizando un uso fraudulento de la tarjeta o de los datos contenidos en la autorización, se iniciará expediente de retirada del distintivo, sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente sancionador; en tal caso se impondrá la sanción accesoria de pérdida de la condición de residente durante el periodo bianual en vigor.

 

Relación de calles / Plazas de residentes autorizados

Avda. Alvárez Guerra /Horno / Miguel de Unamuno / Dr. Bonardell / Concordia / Gral. Benavent García / La Feria / Juan de Austria / Levante / S. Francisco / Pz. Santa Quiteria / Avda. Criptana /C/General Fernández Urrutia / Santo Domingo / Mediodía / Ferrocarril / Canalejas (tercer tramo) / General Alcañiz / Miguel Barroso / Ramón y Cajal / Tribaldos / Pz. Barcelona / Corredera / Pz. Aduana / Prosperidad / Manuel Manzaneque / C/ Jesús Romero/ C/ Marqués de Mudela, 5 y 7.

Documentos descargables

Ordenanzas Municipales

Ordenanza Municipal Reguladora

Descargar

Información

Zona azul

Horario

  • Lunes a viernes de 09:30 a 13:30 horas y de 16:30 a 20:00 horas

  • Sábados de 09:00 a 14:00 horas

  • Sábados tarde, domingos y festivos sin servicio.

Tarifas

  • 5 minutos (mínimo): 0,25 €
  • 60 minutos: 0,60 €
  • 130 minutos (máximo): 1,50 €

Consulta las zonas de estacionamiento regulado

Plano General de Alcázar de San Juan

Preguntas frecuentes

Si tiene cualquier duda no dude en consultar nuestra F.A.Q. (Preguntas Frecuentes) donde encontrará las cuestiones realizadas por la mayoría de los usuarios.

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